ARANJUEZ
Aranjuez
Última actualización 13/11/2007@00:14:08 GMT+1
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 26 de Madrid ha declarado nulos el Decreto de Personal que la Alcaldía de Aranjuez promulgó en enero de 2006, que pretendía una reorganización de la administración, que "garantizase una adecuada coordinación entre las distintas áreas y servicios", y el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de enero de 2006, en relación a la productividad asignada a los trabajadores municipales.
En concreto se trata de los 600 euros de más percibidos por los nombrados Jefes de Área y los 1001,68 euros mensuales entregados de manera mensual a trabajadores municipales de los Servicios Técnicos Municipales.
El sindicato UGT interpuso un recurso contra el procedimiento de este decreto al considerar que estaba mal redactado y que no se había informado a la representación sindical, además de haber sido creado como enmienda de funciones por tres meses, para realizar la relación de puestos de trabajo de esa nueva estructura organizativa, aunque han pasado 22 meses y el asunto sigue igual.
El grupo independiente, Acipa, también expresó que estas medidas no entraban dentro de la legalidad vigente y presentó un recurso de reposición que fue rechazo por el alcalde, por lo que acudió a la vía judicial.
Para el equipo de gobierno, esta sentencia estima que el conocido como 'Decretazo', confirma su validez "en lo sustancial", en palabras del concejal de Personal, José Luís Moreno, basándose en que excluye al gobierno de negociar este decreto, que "no infringiría lo dispuesto en la Ley, pues excluye de la negociación la organización administrativa".
Frente a la demanda de UGT que planteaba la posibilidad de impugnar la asignación de atribuciones específicas a determinadas personas, el juez considera que el sindicato no tiene legitimación, pues no afecta a los derechos de funcionarios, sino a los de las concretas personas a los que se atribuyen. En relación a la petición de que se condene a los funcionarios a devolver las cantidades, el fallo judicial desestima esta demanda al considerar que los trabajadores "no han sido parte en el procedimiento" sino que se trata de terceros.
"ILEGALIDAD EN EL PAGO"
Para la juez, Juana Patricia Rivas, el Decreto de Personal incurre en una ilegalidad en lo referente al pago del desempeño del puesto de trabajo ya que en este caso se retribuye "la conducta individual realizada por el funcionario en relación a otros que desarrollan puestos idénticos, con las mismas tareas y funciones".
Al ser así, no se está definiendo el complemento de productividad en función de un especial rendimiento, sino en referencia al desempeño ordinario de un puesto de trabajo, tal y como señala la sentencia, por lo que la ejecución del trabajo en sí mismo no determina el derecho al cobro de un complemento de productividad sino de un complemente específico.
Esto supondría que la subida salarial de los trece trabajadores, -que están recibiendo 600 euros al mes por productividad-, y otros ocho trabajadores que están siendo asignados con 1001,68 euros al mes, por el mismo motivo, tendría que ser aprobada por pleno una vez realizada la relación de puestos de trabajo, algo que aún no ha sucedido.
A pesar de todo, el concejal delegado de Personal, José Luís Moreno, considera que "la sentencia nos da la razón en el ejercicio de las potestades de organización de la administración municipal".
En definitiva, la juez admite la capacidad del gobierno municipal de organizar la administración pero considera ilegal la subida de sueldos en forma de pluses por productividad.
Tras la sentencia, el grupo municipal de Acipa va a elevar a pleno una serie de propuestas. Para pedir que el ejecutivo no ejercite el derecho a interponer Recurso de Apelación, que para Acipa sólo retrasaría la sentencia. Por otro lado, propondrá que se rescinda el contrato de 8.000 euros mensuales con la empresa ACAL asesoría jurídica contratada por el Ayuntamiento que, según la agrupación política, ya ha cometido varios errores que han acabado en los juzgados.
RECURSO
El gobierno local, en palabras de José Luís Moreno, anunció que recurrirá la sentencia y acusó a UGT de "tergiversar a través de su escrito que no dice la verdad ni a la opinión pública ni a los trabajadores municipales".
La unión sindical de UGT mantiene que el recurso se interpuso por el procedimiento utilizado para la adjudicación de las productividades, "nunca en contra de los funcionarios que fueron elegidos en aquel momento", a pesar de que en la sentencia judicial en su punto octavo hace referencia a la petición, por parte del sindicato demandante, de "que se condene a los funcionarios a devolver las cantidades que les fueron abonadas por ese concepto".
El sindicato UGT ha emitido una nota de prensa en la que lamentan la manipulación del concejal José Luis Moreno en el tema de la sentencia y aseguran que su único objetivo era que se reconociese que el procedimiento y el contenido no se ajustó a derecho, tal y como aparece en la sentencia.
Por otro lado manifiestan que desde la unión sindical no se ha mentido a los trabajadores y le recuerdan al Delegado de Personal que ellos no tienen que justificar su actuación ante la opinión pública